Se acerca la fecha límite: 11 millones de personas aún no han presentado su declaración de impuestos sobre la renta de 2020.
Solo quedan 9 días para la fecha límite de presentación de la declaración del impuesto sobre la renta de 2020 (impuesto sobre la renta individual), y más de 11 millones de contribuyentes aún no han presentado el documento con su base de datos al Servicio Federal de Impuestos.
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Según el supervisor nacional del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), el auditor fiscal Joaquim Adir, se prevé que este año se presenten 32 millones de declaraciones de impuestos.
Así, según la encuesta publicada por el Servicio Federal de Impuestos, se habían presentado 20.983.070 declaraciones hasta las 5 de la tarde del viernes (19).
Por lo tanto, si el contribuyente no cumple con el plazo de presentación, estará sujeto a una multa que oscila entre un mínimo de R$ 165,74 y un máximo de 20% del impuesto adeudado.
Por lo tanto, se advierte a los contribuyentes que no esperen hasta el último minuto para presentar sus documentos.
Además, debido a la pandemia del coronavirus, el plazo se amplió del 30 de abril al 30 de junio.
"Es importante que el solicitante reúna la documentación y comience a completar el formulario para su presentación, a fin de evitar prisas de última hora, ya que en ese momento surgen muchas preguntas", afirma Joaquim Adir.
Información clave sobre la declaración de la renta de 2020.
Siempre surgen algunas preguntas con respecto a esta afirmación, y es importante abordar cada una de ellas.
El tiempo de entrega
La fecha límite de entrega es el 30 de junio. Tenga en cuenta que esta no era la fecha límite inicial; se modificó debido a la pandemia.
¿Quién debe presentar una declaración de impuestos?
- Cualquier persona que haya recibido ingresos imponibles, sujetos a ajuste en la declaración de impuestos, cuya suma exceda R$ 28.559,70;
- Cualquier persona que, en un mes determinado, haya obtenido ganancias de capital por la venta de activos o derechos sujetos a impuestos, o que haya realizado transacciones en bolsas de valores, bolsas de materias primas, bolsas de futuros y mercados similares;
- Cualquier persona que se haya convertido en residente de Brasil en cualquier mes y se encontrara en esa condición el 31 de diciembre;
- Quienes optaron por la exención del impuesto sobre la renta de las ganancias de capital obtenidas de la venta de propiedades residenciales, siempre que el producto de la venta se utilice para adquirir propiedades residenciales ubicadas en el país, dentro de los 180 (ciento ochenta) días a partir de la fecha del contrato de venta, de conformidad con el artículo 39 de la Ley N° 11.196, del 21 de noviembre de 2005;
- En lo que respecta a la actividad rural, ¿quiénes son?:
– Obtuvo ingresos brutos superiores a R$ 142.798,50;
– Tiene la intención de compensar, en el año natural 2017 o posteriormente, las pérdidas de años naturales anteriores o del propio año natural 2016;
– Cualquier persona que, al 31 de diciembre, poseyera o fuera propietaria de bienes o derechos, incluyendo terrenos baldíos, con un valor total superior a R$ 300.000,00.
Multa por no presentar la declaración de impuestos sobre la renta de 2020.
- Multa mínima de R$ 165,74 (solo para aquellos que estaban "obligados a declarar", incluso si no debían pagar impuestos);
- Se aplicará una multa de 11 TP3T por cada mes de retraso, calculada sobre el importe del impuesto adeudado en la declaración, con un límite máximo de 201 TP3T.
¿Cómo prepararlo?
Mediante computadora, utilizando el PGD (Programa Generador de Declaraciones de Impuestos) para el año fiscal 2019, disponible en el sitio web de Servicio Federal de Ingresos de Brasil.
También por computadora, a través del acceso al servicio Mi Impuesto sobre la Renta, disponible en el Centro de Servicio Virtual (e-CAC) en el sitio web de Servicio Federal de Ingresos de Brasil, con el uso obligatorio de un Certificado Digital (del contribuyente o representante/abogado).
